sábado, 5 de junio de 2010

CORTE SUPREMA GARANTIZA DERECHO DE LOS EXTRADITADOS

Vigilar que los colombianos extraditados reciban garantías jurídicas ordenó la Corte Suprema



El alto tribunal manifestó sus dudas sobre la situación de los colombianos recluidos en distintas cárceles del mundo y ante los procesos que llevan estrados internacionales. Por eso la Corte pidió a las representaciones diplomáticas del país y a los organismos de control del Estado informes periódicos sobre el cumplimiento de las condiciones que imponen a los gobiernos extranjeros para avalar el envío de un colombiano. En un concepto, que avaló la extradición a Estados Unidos de Alberto Enrique Torres -socio del capo del norte del Valle Pablo Emilio Rayo Montaño- la Sala Penal del alto tribunal ordena a las oficinas consulares, a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría "vigilar que en el país reclamante se respeten las mencionadas condiciones" y les ordena el envío de reportes a la Corte. La medida fue presentada a consideración de la Sala por el magistrado Alfredo Gómez Quintero, quien proyectó el concepto acogido, que también amplía las condiciones que debe cumplir el país que requiere a un colombiano para juzgarlo por crímenes en su territorio.

jueves, 3 de junio de 2010

LOS DELITOS INFORMATICOS EN COLOMBIA


CONCEPTO

Delito informático, crimen genérico o crimen electrónico, que agobia con operaciones ilícitas realizadas por medio de pcs o del Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.

CARACTERISTICAS Y LEYES QUE AMPARAN EL FRAUDE

El delito Informático implica actividades criminales que un primer momento los países han tratado de encuadrar en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robo, hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etc., sin embargo, debe destacarse que el uso indebido de las computadoras es lo que ha propiciado la necesidad de regulación por parte del derecho.

La Ley 1273 de 2009 creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de la información y de los datos con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.


Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.

No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de los sistemas de cómputo para recibir servicios y transferencias electrónicas de fondos mediante manipulación de programas y afectación de los cajeros automáticos, entre otras, son conductas cada vez más usuales en todas partes del mundo. Según la Revista Cara y Sello, durante el 2007 en Colombia las empresas perdieron más de 6.6 billones de pesos a raíz de delitos informáticos.


EJEMPLOS Y EXPLICACIÓN DE CASOS OCURRIDOS EN COLOMBIA

1.- Hace 3 años, una banda delincuencial dedicada a cometer delitos por medios informáticos suplantó la página de internet de BANCOLOMBIA, luego enviaron correos electrónicos a los clientes de dicho banco ofreciendo servicios y promociones, muchos de esos clientes hicieron transacciones por medio de esta página, el resultado fue que las cuentas bancarias de estas personas fueron estafadas ya que todo su saldo fue transferido a otras cuentas, estas persona fueron condenadas solo por estafa, ya que en esa época no existía aun la ley 1273 de 2009, pero hoy se le podría aplicar también el delito de SUPLANTACIÓN DE SITIOS WEB PARA CAPTURAR DATOS PERSONALES.

2.- Hace varias semanas ha habido intentos de sabotaje contra la página web de Gustavo Petro. El sábado 17 la página entera había sido borrada y reemplazada por una imagen de Juan Manuel Santos. La campaña reportó el hecho a la división de crímenes informáticos de la DIJIN, pero los ataques continúan, a tal punto que se vieron forzados a contratar a analistas de seguridad web para proteger la página del candidato del Polo, esta conducta se puede adecuar a la conducta de ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO.

3.- En el mes de febrero del presente año Agentes Especializados del CTI llevaron a cabo en el Complejo Judicial de Paloquemao, una audiencia de acusación en contra de Hernando Alfonso Plata Echeverri, quien tendrá que responder ante un juez de Bogotá, por haber presuntamente comercializado bases de datos con información confidencial.

Los hechos que investiga la Fiscalía ocurrieron a finales de 2009, cuando Plata Echeverri fue sorprendido en el occidente de la capital del país, aparentemente vendiendo varios archivos digitales con información privada de centenares de personas.

Este es el primer caso en Colombia en el que se lleva a cabo un juicio bajo la nueva ley 1273 “de protección de la información y de los datos” o comúnmente conocida en el mundo virtual como “delitos Informáticos”.

viernes, 21 de mayo de 2010

LOS LÍDERES TRANSFORMACIONALES EN EL XI FORO REGIONAL DE ECONOMIA SOLIDARIA

El Radar Jurista estuvo en el XI Foro Regional de Economía Solidaria, que se celebro el dia 7 de mayo, en el auditorio de la Universidad Cooperativa, con un éxito rotundo. La internacionalización es el siguiente paso de este gran proyecto.



LA OPINIÓN


Muy buena fama tiene ya la Economía Solidaria en nuestro municipio, gracias a la gran labor que durante años ha hecho el Doctor Jairo Hernández, al organizar esta clase de actividades académicas como lo es un foro, no solo se necesita conocimiento, sino organización, compromiso y ganas de dar a conocer el tema de la economía solidaria. El tema no es nada fácil de tratar y al escucharlo no parece nada interesante, pero a contrario censum el tema es bastante interesante, opinión que para ser sincero hasta ahora tengo, ya que aunque se supone que el tema se debe ver en la materia de Institucional I, que todas las facultades de la Universidad Cooperativa tienen en su malla curricular, algunos docentes del área no tienen conocimiento del tema, recuerdo que en una clase de Institucional I, le pregunté a mi docente acerca de qué era la tan plurimencionada economía solidaria, empero no obtuve una respuesta de lo que era.

El foro estuvo rodeado de un buen ambiente, hubo buena participación, claro que debía ser así, porque en esta ocasión el ingreso fue gratuito, la verdad decisión acertada, para ser sincero es la primera vez que asistí a este evento, ya que en las otras ocasiones cobraron el ingreso, así que no asistí porque no me llamaba la atención el tema, pero bueno esta vez me alegró asistir, los conferencista manejaron muy bien el tema y se llevaron toda la atención del público, la verdad me atrevo afirmar sin temor a equivocarme fue el mejor foro de este año, no tiene nada que envidiarle a el de otras universidades, por el contrario estas pueden aprender de esta maravillosa experiencia, brindemos nuestro apoyo para que el proyecto de convertirlo en internacional no fenezca.


EL TEMA


Economía Solidaria

La Economía Solidaria o economía de solidaridad es una búsqueda teórica y práctica de formas alternativas de hacer economía, basadas en la solidaridad y el trabajo.

El principio o fundamento de la economía de solidaridad es que la introducción de niveles crecientes y cualitativamente superiores de solidaridad en las actividades, organizaciones e instituciones económicas, tanto a nivel de las empresas como en los mercados y en las políticas públicas, incrementa la eficiencia micro y macroeconómica, junto con generar un conjunto de beneficios sociales y culturales que favorecen a toda la sociedad.


Cooperativismo

El cooperativismo es una herramienta que permite a las comunidades y grupos humanos participar para lograr el bien común. La participación se da por el trabajo diario y continuo, con la colaboración y la solidaridad.

¿Cuál es el objetivo final del cooperativismo?

El cooperativismo busca desarrollar al HOMBRE, con el valor de la cooperación, de la igualdad, de la justicia, del respeto y del trabajo conjunto.

¿Qué es una cooperativa?


La cooperativa es una forma de organizar empresas con fines económicos y sociales, donde lo importante es trabajar en común para lograr un beneficio. Se diferencia de otro tipo de empresa en que es más importante el trabajo de los asociados que el dinero que aportan.

Conozca toda la información sobre Economía Solidaria y los foros regionales en:

http://uccespinales.com/web/index.php?option=com_frontpage&Itemid=1